domingo, 11 de diciembre de 2016

Las tasas impositivas que se aplican al Impuesto a la Renta (IR) empresarial dejarán de ser las mismas al iniciar el 2017. El monto a calcular del IR para este sector ya no será de 28%, sino de 29,5%, mientras que la cantidad por dividendos y otras formas utilizadas para distribuir utilidades se reducirá de 6,8% a tan solo 5%. 

Así lo establece el Decreto Legislativo N° 1261, publicado este sábado 10 de diciembre, y que modifica varios artículos de la Ley del Impuesto a la Renta. Los cambios más trascendentes, sin embargo, son los que el decreto fija en los artículos 54 y 55 de la referida ley tributaria.

En el artículo 54, quedará dispuesto que a "los dividendos y otras formas de distribución de utilidades, salvo aquellas señaladas en el inciso f del artículo 10 de la ley" le corresponderá un cálculo del 5% para la tasa del IR. En cuanto al artículo 55, se modifica que el impuesto que deben pagar quienes perciben rentas de tercera categoría se deberá calcular aplicando una tasa de 29,5%.

Decreto Legislativo N° 1261 
Tomado de la ley.com

0 comentarios:

Publicar un comentario

Archivo de Noticias

Normas Legales:

Buscar:

Síguenos en nuestro Facebook oficial

Libros para descargar: