Qué es una
sucesión intestada
Antes de responder esta
pregunta- , debemos tener claro qué es una sucesión.
La sucesión es el proceso
mediante el cual se transmiten los bienes, derechos y obligaciones de una
persona después de su muerte.
Ahora bien, dicha transmisión
puede realizarse de dos maneras: 1) Por obra de la voluntad del testador
(mediante un testamento) o 2) por obra de la ley (sucesión intestada).
Cuando el testador es quien DECIDE
a qué personas le dejará sus bienes mediante la elaboración del testamento
nos encontraremos frente a una sucesión testamentaria.
En cambio, cuando no se haya
elaborado un testamento será la ley quien tendrá que decidir cómo
disponer de los bienes del causante. En ese caso nos encontraremos frente a una
sucesión intestada.
Siendo así, podríamos decir
que la sucesión intestada es aquel tipo de sucesión en la cual, la repartición de los bienes es realizada por la ley debido a que el
causante no dejo un testamento.
Qué dice la
ley de sucesión intestada en el código civil de Perú
El código civil peruano regula
fundamentalmente 4 cuestiones referidas a la sucesión intestada:
1. Establece
cuales son las circunstancias que producen una sucesión intestada…
El código señala que la
sucesión intestada procede toda vez que hayan concurrido cualquiera de las
siguientes circunstancias:
- Cuando el causante muere sin dejar testamento o
cuando el que otorgó ha sido declarado nulo total o parcialmente, ha
caducado por falta comprobación judicial o se ha declarado invalida la
desheredación.
- Cuando el testamento no contiene la institución
de heredero o se ha declarado la caducidad o disposición que lo instituye.
- Cuando el heredero forzoso muere antes del
testador o renuncia a la herencia.
- Cuando el heredero voluntario o legatario muere
antes que el testador.
2. Establece
cuál es el documento que nos permitirá acceder a los bienes que se trasmiten
por una sucesión intestada…
El Código civil señala que se
constituyen como documentos válidos para reclamar una herencia por la vía de la
sucesión intestada: 1) La sentencia de declaración de herederos expedida tras
culminar un proceso de sucesión intestada o 2) El acta notarial que declara lo
mismo.
3. Determina
cual es el orden de prioridad en el reparto de la herencia…
Tal como lo podrá advertir el
lector, existe un orden de prioridad en la repartición de la herencia. Existen
familiares a que son “preferidos” antes que otros. Siendo así, el orden que
establece el código es el siguiente:
- Son herederos de primer orden los hijos y demás
descendientes como los nietos.
- Son herederos de segundo orden los padres y demás
ascendientes como los abuelos.
- Es heredero de tercer orden el cónyuge (concurre
con los descendientes del causante) y el integrante sobreviviente de la
unión de hecho (el concubino).
- Son herederos de cuarto orden los parientes
colaterales del segundo grado de consanguinidad- los hermanos.
- Son herederos de quinto orden los parientes
colaterales del tercer grado de consanguinidad- los tíos y sobrinos.
- Son herederos de sexto orden los parientes
colaterales del cuarto grado de consanguinidad- primos hermanos , tíos
abuelos y sobrinos nietos)
4. Determina
cual es el destino de la herencia en caso de que no existan herederos legales…
El código señala que cuando no
existan herederos testamentarios ni legales, la herencia debe declararse
vacante. En ese caso, el notario o juez que lleve el proceso de sucesión
intestada se encontrará en la obligación de adjudicar la masa hereditaria ala
beneficencia pública del último domicilio del causante.
Los
requisitos para la sucesión intestada
Para reclamar nuestros
derechos hereditarios en una sucesión intestada se deberán reunir los
requisitos:
- Verificar que nos encontremos en alguno de los
supuestos de sucesión intestada descritos en el apartado anterior.
- Redactar una demanda o solicitud de sucesión
intestada y enviarla al juez o notario competente.
- Copia certificada de la partida de defunción del
causante o declaración judicial de muerte presunta.
- Copia certificada de la partida de nacimiento de
presunto heredero.
- Relación de los bienes conocidos.
- Certificación judicial de que no hay testamento
inscrito en el lugar del último domicilio.
LA SUCESION
INTESTADA JUDICIAL
La demanda
de sucesión intestada
La demanda inicia el proceso
de sucesión intestada, ésta debe ser redactada por un abogado calificado y
deberá interponerse ante un juez competente.
Para que sea admitida debe
cumplir con los siguientes requisitos:
- Debe designar al juez al que debe ser dirigida.
- Debe exponer los hechos que sustentan el pedido.
Es decir, debe indicar que se solicita la declaratoria de herederos en
vista de que el causante no ha dejado testamento alguno o que el que dejo
ha sido declarado nulo (o cualquiera de los supuestos de sucesión
intestada).
- Debe invocar los artículos que sustentan el
pedido de sucesión intestada.
- Debe anexar los documentos mencionados en el
apartado anterior: Copia certificada de partida de defunción , copia
certificada de la partida de nacimiento del futuro herderos,etc
El proceso
de sucesión intestada
Una vez interpuesta la demanda
de sucesión intestada el juez verificará que ésta haya cumplido con los
requisitos previstos por la ley.
Admitida la demanda el juez
realizará los siguientes actos:
- ORDENARA LA PUBLICACIÓN DE UN AVISO tanto en el
diario de los anuncios judiciales como otro de amplia circulación. Dicho
aviso contendrá la identificación del juzgado y del secretario de juzgado,
los nombres del solicitante y del causante y la fecha y el lugar de
fallecimiento de este.
Si en el lugar no hubiera
diario, se utilizara la forma de notificación edictal más adecuada a criterio
del juez.
- DISPONDRÁ LA ANOTACIÓN DE LA SOLICITUD en el registro
de sucesión intestada y el registro de mandatos y poderes.
Una vez realizado esto y en
caso de que no se haya presentado ninguna persona reclamando el título de
heredero, el juez emitirá una resolución judicial de declaratoria de herederos.
Con este acto habrá culminado el proceso de sucesión intestada.
La sucesión
intestada notarial
Los trámites y requisitos del
proceso de sucesión intestada notarial no difieren mucho de los que se exigen
en la vía judicial. Siendo así, la razón fundamental por la cual los
legisladores decidieron instituir esta nueva vía es su mayor agilidad.
La solicitud
de sucesión intestada
La solicitud de sucesión
intestada notarial debe incluir:
- El nombre del causante.
- Copia certificada de la partida de defunción o la
declaración judicial de muerte presunta
- Copia certificada de la partida de nacimiento de
presunto heredero o de los herederos, o documento público que contenga el
reconocimiento o la declaración judicial, si se trata de hijo
extramatrimonial o adoptivo.
- Partida de matrimonio, si fuera el caso.
- Relación de los bienes conocidos.
- Certificación registral en la que conste que no
hay testamento u otro proceso de sucesión intestada; en el lugar del
último domicilio del causante y en aquél donde hubiera bienes inscritos.
EL PROCESO
DE SUCESION INTESTADA NOTARIAL
Una vez presentada la
solicitud el notario realizará los siguientes actos:
- Publicará un aviso que contenga un extracto de la
solicitud conforme a lo dispuesto en el artículo 13 de la presente ley y
notificará a los presuntos herederos.
- Incluirá a los herederos (acreditados) que se
presenten tras la publicación del aviso.
- Extenderá el acta correspondiente, en caso de que
no haya oposición alguna dentro de los 10 días útiles de haber notificado
a los solicitantes la aparición de los nuevos herederos.
- Transcurridos quince días útiles desde la
publicación del último aviso, el notario extenderá un acta declarando
herederos a quienes hayan acreditado su derecho.
- Cumplido el trámite indicado en el párrafo
precedente, el notario remitirá partes al registro de sucesión intestad
del lugar donde se ha seguido el trámite y a los registros donde el
causante tenga bienes o derechos inscritos, a fin de que se inscriba la
sucesión intestada.
Porque es
mejor pasar por un abogado de familia para une sucesión intestada
Consideramos que los
ciudadanos no debemos correr riesgos al momento de reclamar nuestros derechos
sucesorios. Por ello consideramos que es imprescindible acudir a un abogado de
familia para hacerlo, ya que, solamente un especialista se encontrará en la
capacidad de encargarse de la reunión correcta de los requisitos exigidos por
la ley , de redactar una solicitud adecuada y de seguir paso a paso el
procedimiento legal correspondiente
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