sábado, 18 de marzo de 2017


La administración tributaria remarca que la medida está dirigida a todos aquellos contribuyentes, ya sean personas naturales o jurídicas, con domicilio fiscal en alguna de las localidades que hayan sido declaradas en estado de emergencia.La medida, que se viene ejecutando desde el 2007, busca mitigar el impacto de los desastres sobre los damnificados, así como evitar que se vean afectados por posibles sanciones debido al incumplimiento de sus obligaciones.

JurisdiccionesEn lo que va del año, el Gobierno central ha declarado en emergencia los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, Áncash, Cajamarca y La Libertad, así como algunas provincias y distritos de Ica, Lima, Huancavelica y Arequipa. En dichas zonas los contribuyentes ya cuentan con la facilitación de una prórroga de su vencimiento, para cumplir con obligaciones como en el caso de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta (IR).
Los usuarios podrán conocer su nueva fecha de vencimiento mensual o de la regularización del IR ingresando al enlace; en que aparecerá un reporte personalizado del cronograma de vencimientos.
Enlace:

0 comentarios:

Publicar un comentario

Archivo de Noticias

Normas Legales:

Buscar:

Síguenos en nuestro Facebook oficial

Libros para descargar: