lunes, 20 de marzo de 2017

En apoyo a la población damnificada por los desastres naturales que afectan a muchas localidades del país, la administración tributaria decidió suspender las acciones de fiscalización iniciadas a los contribuyentes que residan en esos lugares.
Se trata de las denominadas auditorías, entre otras intervenciones de control, explicó un vocero de la entidad fiscal al informar sobre las medidas internas adoptadas respecto a las acciones de control y fiscalización tributaria.
Por tanto, se decidió suspender la emisión de órdenes de pago y resoluciones de multa por los períodos comprendidos en la prórroga de plazos de vencimientos mensuales.
Así, en aplicación de su facultad discrecional, ya no aplicará sanciones a infracciones contenidas en cualquier norma tributaria en los casos en que exista prueba fehaciente de la ocurrencia de hechos por caso fortuito o de fuerza mayor, como es la declaratoria de zona de desastre u estado de emergencia.
Para cualquier información adicional, la entidad recuerda que las inquietudes podrán canalizarse a la Central de Consultas (0801-12-100 o al (01) 315 0730), el twitter: @Sunatoficial, y la página Sunat en Facebook.
Esta decisión, asimismo, se sumaría a la prórroga de hasta por 60 días de las obligaciones tributarias.
En efecto, la Sunat recalcó que los contribuyentes con domicilio fiscal en alguna de las localidades declaradas en estado de emergencia cuentan con prórrogas que van de entre 45 y 60 días en los plazos para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, desde la fecha de publicación de la declaratoria.
La medida, ejecutada desde el 2007, busca que aquellos contribuyentes, ya sean personas naturales o jurídicas, no resulten afectados por posibles sanciones por el incumplimiento de sus obligaciones.
En lo que va del año, el Poder Ejecutivo declaró en emergencia los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, Áncash, Cajamarca y La Libertad, así como algunas provincias y distritos de Ica, Lima, Huancavelica y Arequipa.
En esas zonas, los contribuyentes ya cuentan con la facilitación de una prórroga de su vencimiento, para cumplir con obligaciones, como en el caso de la regularización del impuesto a la renta.
Precisamente, los obligados podrán conocer su nueva fecha de vencimiento mensual o de la declaración anual 2016 ingresando al siguiente portal web de la Sunat (link:http://orientacion.sunat.gob.pe/images/Fiscalidad_internacional/fechasdevencimiento.pdf, en el cual aparece un reporte personalizado del cronograma de vencimientos.
En él observarán este nuevo rol, del 18 al 21 de abril, para las zonas de Ica, Lima, Arequipa y Huancavelica; y del 15 de mayo al 23 de mayo para Lambayeque, Piura, Tumbes, Ica, Áncash, Cajamarca, La Libertad y Lima.

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