En los últimos años se ha incrementado la morosidad en
los alquileres, por lo que es relevante para el propietario evaluar
adecuadamente a su potencial inquilino para evitar el riesgo de que este se
atrase o incumpla el pago de la renta.
El socio del Estudio Linares, Daniel Linares, recomienda algunas medidas
que el arrendador debe tener en cuenta antes de alquilar una propiedad.
Informarse sobre el inquilino
Lo más importante es saber con quién se está vinculando el propietario. Para
ello se puede consultar a la Reniec para saber su identidad, y a alguna central
de riesgo para conocer su comportamiento financiero, indicó Linares.
Añadió que se puede averiguar si la persona está registrada en Inquilinos
Morosos y/o tiene deudas registradas en el Poder Judicial.
Si la renta es una fuente de ingreso importante para el arrendador, este
debe ser muy cuidadoso porque se expone a un gran riesgo en caso de contratar
con una persona morosa, advirtió.
Garantía y penalidades
En el contrato de arrendamiento debe señalarse las garantías y penalidades en
caso de incumplimiento.
En el contrato se establece la fecha de pago, si el inquilino pagará uno o
más meses por adelantado, y el monto de la garantía. Esta última se utilizará
en caso el inquilino, al finalizar el contrato, no haya cuidado el inmueble y
se tenga que hacer arreglos, como pintar o resanar paredes, refirió el experto.
Las penalidades son sanciones que reemplazan las indemnizaciones a fin de
mitigar algún tipo de daño, indicó. Por ejemplo, si se establece un alquiler de
S/ 1000 mensual y luego de finalizado el contrato el inquilino se queda contra
la voluntad del dueño, ya no pagaría S/1,000 sino S/2000 mientras dure el
problema, “dado el daño causado al arrendador”, explicó.
Cláusula de allanamiento futuro
La inclusión de esta cláusula en el contrato, en caso que el inquilino moroso
no quiera irse y se le demande para desalojo, permite tener un proceso judicial
mucho más rápido, detalló Linares.
En el 2014 se emitió la norma de allanamiento futuro, que indica que si el
inquilino adeuda desde dos meses y medio de pago, o al vencer el plazo del
contrato, se le puede entablar una demanda judicial, manifestó.
Así, ya sea por incumplimiento o porque el contrato venció, el juez ordena
que el inquilino se retire del inmueble.
Para que se aplique la cláusula de allanamiento, el contrato debe tener
las firmas del inquilino y del arrendador legalizadas ante un notario, refirió
el abogado.
Si no hay cláusula de allanamiento futuro
Si el contrato es anterior a la fecha en que se dio esta norma o no se
incorporó, es necesario ir a un juez de paz y solicitar el desalojo, afirmó.
Sin embargo, esta sentencia, que se da después de un año, seguramente será
apelada y aun si el arrendador tiene razón, el trámite puede demorar dos años
hasta que el inquilino sea desalojado, refirió.
El sistema judicial es lento. Pese a que el arrendador tenga la razón los
procesos demoran, por lo que la prevención es necesaria para las personas que
decidan alquilar un inmueble, resaltó Linares.
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