sábado, 6 de mayo de 2017

En los últimos años se ha incrementado la morosidad en los alquileres, por lo que es relevante para el propietario evaluar adecuadamente a su potencial inquilino para evitar el riesgo de que este se atrase o incumpla el pago de la renta.
El socio del Estudio Linares, Daniel Linares, recomienda algunas medidas que el arrendador debe tener en cuenta antes de alquilar una propiedad.

Informarse sobre el inquilino 
Lo más importante es saber con quién se está vinculando el propietario. Para ello se puede consultar a la Reniec para saber su identidad, y a alguna central de riesgo para conocer su comportamiento financiero, indicó Linares.

Añadió que se puede averiguar si la persona está registrada en Inquilinos Morosos y/o tiene deudas registradas en el Poder Judicial.
Si la renta es una fuente de ingreso importante para el arrendador, este debe ser muy cuidadoso porque se expone a un gran riesgo en caso de contratar con una persona morosa, advirtió.

Garantía y penalidades
En el contrato de arrendamiento debe señalarse las garantías y penalidades en caso de incumplimiento.

En el contrato se establece la fecha de pago, si el inquilino pagará uno o más meses por adelantado, y el monto de la garantía. Esta última se utilizará en caso el inquilino, al finalizar el contrato, no haya cuidado el inmueble y se tenga que hacer arreglos, como pintar o resanar paredes, refirió el experto.
Las penalidades son sanciones que reemplazan las indemnizaciones a fin de mitigar algún tipo de daño, indicó. Por ejemplo, si se establece un alquiler de S/ 1000 mensual y luego de finalizado el contrato el inquilino se queda contra la voluntad del dueño, ya no pagaría S/1,000 sino S/2000 mientras dure el problema, “dado el daño causado al arrendador”, explicó.

Cláusula de allanamiento futuro 
La inclusión de esta cláusula en el contrato, en caso que el inquilino moroso no quiera irse y se le demande para desalojo, permite tener un proceso judicial mucho más rápido, detalló Linares.

En el 2014 se emitió la norma de allanamiento futuro, que indica que si el inquilino adeuda desde dos meses y medio de pago, o al vencer el plazo del contrato, se le puede entablar una demanda judicial, manifestó.
Así, ya sea por incumplimiento o porque el contrato venció, el juez ordena que el inquilino se retire del inmueble.
Para que se aplique la cláusula de allanamiento, el contrato debe tener las firmas del inquilino y del arrendador legalizadas ante un notario, refirió el abogado.

Si no hay cláusula de allanamiento futuro 
Si el contrato es anterior a la fecha en que se dio esta norma o no se incorporó, es necesario ir a un juez de paz y solicitar el desalojo, afirmó.

Sin embargo, esta sentencia, que se da después de un año, seguramente será apelada y aun si el arrendador tiene razón, el trámite puede demorar dos años hasta que el inquilino sea desalojado, refirió.
El sistema judicial es lento. Pese a que el arrendador tenga la razón los procesos demoran, por lo que la prevención es necesaria para las personas que decidan alquilar un inmueble, resaltó Linares.


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