miércoles, 18 de noviembre de 2015

El precedente vinculante Huatuco ( STC 05057-2013-PA/TC, el cual puede ser visto en http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2015/05057-2013-AA.pdf )ha generado diversas posiciones en el Poder Judicial dada la restricción del mismo en materia de derechos laborales respecto a servidores públicos.

En el acopio de información relativa a las decisiones contrarias a la posición del Tribunal Constitucional respecto al precedente Huatuco, hemos recogido dos decisiones, a juicio nuestro meticulosamente trabajadas: una primera de la Cuarta Sala Laboral de Lima, ponente Omar Toledo Toribio, y una segunda, del Juez Félix Ramirez Sánchez, de la Corte de La Libertad, quienes desarrollan una interesante visión de la figura anglosajona del distinguishing, a fin de sustentar que los casos que examinan no son similares a los del precedente, y por tanto, no corresponde su aplicación.

Si bien hemos escrito en este blog que efectivamente el precedente vinculante no permite apartamientos, inclusive bajo responsabilidad funcional del juez, observemos que el distinguishing o distinción es una figura muy particular, pues se expone que el caso en examen no se subsume en los supuestos del precedente vinculante, y por tanto, generan una posición diferente que precisamente distingue en relación al precedente.

Nos parece sumamente valiosa la posición de las sentencias en mención pues efectivamente se recurre a una técnica muy particular de distinción, mecanismo  permitido por la doctrina constitucional. El debate ha de centrarse, en todo caso, en la fuerza argumentativa de estas decisiones frente a los efectos generales que genera el precedente.

Recomendamos su atenta lectura.

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