Desde este 29 de setiembre, las personas que adquieran un bien mueble o inmueble quedarán anotadas en forma automática al servicio de Alerta Registral, a cargo de la administración registral.
En efecto, desde esa fecha, la Sunarp efectuará de oficio cada vez que se realice una transferencia de propiedad en el registro de predios y/o de propiedad vehicular.
Esto en cumplimiento del reglamento de la Ley N° 30313, que entre otros aspectos regula la oposición al procedimiento de inscripción registral en trámite y la cancelación del asiento registral por suplantación de identidad o falsificación de documentos.
Dicho reglamento, además, busca dar predictibilidad a los trámites de oposición y cancelación del asiento registral. Por ello, dispuso reglas relativas a los requisitos, aspectos procedimentales, plazos y actuaciones de sujetos legitimados en la ley y de los servidores de Sunarp; en este último caso, incorporando causales de suspensión y prórroga del asiento de presentación.
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