miércoles, 29 de marzo de 2017

Introducción

La Policía Nacional del Perú por mandato Constitucional cumple la función de investigar y denunciar los delitos, situación que le faculta formular Atestados Policiales, para denunciar a los implicados en la comisión de los delitos tipificados en el Código Penal y Leyes Especiales.
Dichos atestados deben de contener todos los elementos probatorios que permitan a las autoridades jurisdiccionales iniciar el proceso penal correspondiente, empero desde la promulgación del nuevo Código Procesal Penal, en los lugares donde ya se encuentra vigente, como es el caso de las ciudades de Huaral, Huacho, Barranca, Trujillo, Tacna, Arequipa, Chiclayo, Chachapoyas, entres otros, ya no se formula el Atestado, sino el Informe Policial.
Pese a que la norma ya tiene seis años de haberse promulgado, a la fecha no existe un modelo oficial, que sirva como patrón para todas las Unidades Policiales, situación que ha conllevado a que cada unidad haya creado su propio modelo, que no permite establecer la responsabilidad de los investigados, situación que esta conllevando a una deficiente administración de justicia.
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